sábado, 30 de julio de 2011

Soja Transgenica¿ Porque tanto Daño al "AL MAS HUMILDE"?

 Quizas, porque no tenemos las armas suficientes para defendernos, o quizas sobremos argentinos.
Es dificil creer que nos quieran eliminar a los mas humilde con un plan siniestro que no entendemos, el boom de la soja  transgenica-glifosato llego a la Argentina hace mas de 10 años y con ellos las enfermedades-muerte , a quien le conviene ?
Una sociedad en extinsion por enfermedades?
Estan negociando con nuestra  salud, con la famosa soja " Sustentable" , sustentable para unos pocosy daños ireversibles para millones de personas.
Quien nos devuelve a nuestro hijos fallecido, por malformaciones , tumores , leucemias , cancer etc, quien nos quita el dolor de no tenerlos mas, y pensar ..... que estos señores estan par cuidarnos y protegernos ,
¿como hacer para que el pasado quede atras? IMPOSIBLE.
Como decirle  a esta mama que no tendrra mas a su hijos que solo estaran en su recuerdo , ¿como le quitamos ese doloR?Debora, Exequiel ( fallecieron con tumor  en la cabeza) todo quedo fuera de nuestro alcance  y del acance de sus padres
Hoy tenemoa que decir gracias soja transgenica por quitarnos  a nuestros hijo? o gracias gobierno por el gran negocido que estan haciendo con nuestra saluD?
SOLO QUEREMOS VIVIR DIGNAMENTE SIN CONTAMINACION Y CON NUESTROS HIJOS SANO.
Dios y la Patria no los demandaran .Nosotras si reclamamos justicia social

martes, 26 de julio de 2011

Ecuador Llibre de Transgenico-Argentina sufriendo consecuencia de los Transgenicos


Quito 14 de julio 2011





















Trece años de soja en Argentina:
 las consecuencias inevitables de un modelo genocida y ecocida
Martes 1ro de septiembre de 2009 por CEPRID
GRAIN
CEPRID
La amplia experiencia adquirida en Argentina después de trece años de imposición del cultivo de soja transgénica resistente al glifosato dan la oportunidad al resto del mundo de aprender la lección y no repetir los errores ni permitir las imposiciones que hicieron posible que Argentina se convirtiera en apenas una década en una “republiqueta sojera”.
En 1996 y de manera absolutamente solapada y antidemocrática se permitió la introducción de la soja transgénica de Monsanto en nuestros campos. Sin estudios de impacto ambiental independientes, sin ningún tipo de consulta pública, sin ninguna discusión parlamentaria ni legislación que la avale. Una simple disposición de la Secretaría de Agricultura creó en 1991 la Comisión Nacional Asesora de Biotecnología Agropecuaria (Conabia) que a partir de allí y con amplia participación de las corporaciones “asesoró” a la secretaría sobre la aprobación de OGM.
Ahora, mes con mes, vivimos en Argentina la emergencia de un nuevo problema socioambiental debido a la invasión territorial producida por la imposición del monocultivo de soja transgénica de mano de Monsanto y de un puñado de terratenientes y asociaciones empresariales de siembra.
Los impactos de las fumigaciones, el desmonte, el desplazamiento de campesinos, la falta de alimentos, las inundaciones y sequías, las nuevas enfermedades, son moneda corriente en las noticias pero solamente desde algunos medios alternativos aparece relacionada con la “sojización”.
Todo esto viene de la mano de la instalación de una visión fragmentada de los problemas en que se ocultan las causas profundas de los mismos para analizarlos o mostrarlos, muchas veces de manera sensacionalista, pero siempre aislados y producidos casi como “fenómenos naturales”.
Por eso lo primero y fundamental es recuperar la mirada integral de la problemática. Únicamente mirando y analizando la totalidad y la complejidad de la situación se podrá llegar a alguna conclusión útil para avanzar en alguna dirección y salir de la rueda destructiva en la que el modelo de agronegocio-soja-transgénicos nos ha metido.
Después de trece años de expansión del cultivo de la soja transgénica en Argentina las consecuencias socioambientales son una verdadera catástrofe. Presentamos un breve repaso por los datos concretos que hablan de la tragedia de la soja en el Cono Sur.
En Argentina se sembrarán en la próxima temporada 18 millones de hectáreas de soja transgénica bajo la técnica de siembra directa.
Esta superficie representa más del 50% de la superficie agrícola del país.
Prácticamente 100% de la soja que se cultivará es soja transgénica resistente al herbicida glifosato (SOJA RR).
La SOJA RR es propiedad de Monsanto, la mayor empresa semillera del mundo y también creadora del glifosato, el herbicida que se debe utilizar para sembrar la SOJA RR. Monsanto controla 90% de las semillas transgénicas que se comercializan a nivel mundial.
Monsanto declaró que las ganancias generales aumentaron un 44% en 2007 con respecto al año anterior y un 120% en el 2008 en relación con el 2007.
 producto comercial cuyo principio activo es el glifosato (Roundup) contiene además una serie de coadyuvantes que aumentan notablemente su toxicidad, fundamentalmente el surfactante poea (polioxietil amina) cuya toxicidad aguda es 3 a 5 veces mayor que la del glifosato.
Por supuesto que este uso intensivo de glifosato ya ha provocado el surgimiento de muchísimas malezas resistentes al glifosato. Algunas de las ya informadas son: Hybanthus parviflorus (Violetilla), Parietaria debilis (Yerba Fresca), Viola arvensis (Violeta Silvestre), Petunia axillaris (Petunia), Verbena litoralis (Verbena), Commelina erecta (Flor de Santa Lucía), Convulvulus arvensis (Correhuela), Ipomoea purpurea (Bejuco), Iresine difusa (Iresine) y recientemente el Sorghum halepense (Sorgo de alepo) que por ser una maleza muy difícil de controlar ha despertado gran alarma.
Luego de pasar más de una década negando el surgimiento de malezas resistentes, Monsanto a través de su vicepresidente admitió este hecho y propuso una solución: reemplazar a toda la soja resistente al glifosato por una nueva soja resistente a un nuevo herbicida: el dicamba —de hecho aún más tóxico que el glifosato.
Además se utilizarán otros herbicidas y agrotóxicos para controlar malezas y plagas del monocultivo de soja ya que la siembra directa requiere de la aplicación de otros herbicidas antes de la siembra de la soja: entre 20 y 25 millones de litros de 2-4-D, otros seis millones de litros de atrazina y unos seis millones de litros de endosulfán.
Esta lluvia de agrotóxicos produce tremendos impactos sobre la salud de la población, animales domésticos, cultivos alimenticios y contamina suelos, cursos de agua y el aire en toda la extensión del cultivo de soja. Suman cientos los casos denunciados por distintas organizaciones e investigadores en los cuales está perfectamente documentado el impacto de los agrotóxicos en las comunidades y sus producciones.
La difusión pública de estas denuncias ha llevado a que recientemente la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas solicitara a la Corte Suprema de Justicia de la Nación la prohibición de la fumigación con glifosato.
Este avance desenfrenado de la soja se ha producido a pesar de que según recientes investigaciones de la Universidad de Kansas la soja rr produce entre un 6 y un 10% menos que la soja convencional.
El monocultivo de soja repetido año tras años en los campos produce una intensa degradación de los suelos con una pérdida de entre 19 y 30 toneladas de suelo en función del manejo, la pendiente del suelo o el clima.
Cada cosecha de soja extrae año a año miles de toneladas de nutrientes de nuestro suelo que se exportan. Sólo como ejemplo podemos citar que cada año se van con la soja un millón de toneladas de nitrógeno y 160 mil toneladas de fósforo.
También cada cosecha de soja que se exporta se lleva unos 42500 millones de metros cúbicos de agua cada año (datos de la temporada 2004/2005) correspondiendo 28190 millones a la pampa húmeda.
Cada año se deforestan en Argentina más de 200 mil hectáreas de monte nativo por el avance de la frontera agrícola debido fundamentalmente a la expansión del monocultivo de soja.
Considerando que cada 500 hectáreas de soja requieren de un trabajador rural es evidente la expulsión de trabajadores rurales y campesinos de los territorios donde se cultiva.
Los grandes productores sojeros están obteniendo ganancias extraordinarias. El Grupo Los Grobo que declara cultivar 150 mil hectáreas en Argentina y en todo el Cono Sur (Paraguay, Brasil y Uruguay) apuesta a controlar 750 mil hectáreas.
El modelo sojero produce una enorme concentración de la tierra en pocas manos ya sea por la adquisición de la tierra por grandes productores o por su arrendamiento por los “Pooles de Siembra”. Como consecuencia en los últimos 10 años se han perdido más del 20% de los establecimientos productivos.
La obvia consecuencia de esta concentración es que ha disminuido de manera dramática la producción de alimentos básicos para nuestro pueblo. Por citar sólo un ejemplo: el número de explotaciones lácteas disminuyó 50 por ciento entre 1988 y 2003, pasando de 30 mil a 15 mil.
En el caso del algodón su producción disminuyó en un 40% en la provincia de Chaco y un 78% en la provincia de Formosa como consecuencia del avance de la soja.
Miles de campesinos son expulsados violentamente de sus tierras para imponer este modelo y son criminalizados por resistir los desalojos y el avance de la soja. El Mocase-vc y el Movimiento Nacional Campesino Indígena permanentemente denuncian la persecución de campesinos del movimiento a causa de resistir la expulsión de sus tierras en forma violenta para imponer el cultivo de soja.
Finalmente es fundamental tener presente que la introducción de la soja transgénica en Argentina fue el mecanismo elegido por Monsanto para inundar de transgénicos el Cono Sur ya que fue desde Argentina desde donde se comercializó de manera ilegal la soja transgénica a Brasil, Paraguay y Bolivia (países en los que el cultivo de los transgénicos estaba prohibido), inundando estos países de transgénicos e imponiendo así, a partir de la contaminación, la República Unida de la Soja que poco tiempo después publicitaba Syngenta.
¿Quién gobierna la República Unida de la Soja?
Los tibios intentos de las frágiles democracias latinoamericanas por poner algún límite al poder económico dominante generado por dos décadas de globalización y neoliberalización económica han encontrado en los últimos meses un topetazo contundente en la perversa alianza de grandes terratenientes con las corporaciones del agronegocio que están actuando de manera brutal en todos los países del Cono Sur.
No se trata aquí de hacer un juicio sobre los gobiernos democráticos de la región, ni de evaluar su capacidad de transformación de la realidad o su compromiso con los pueblos latinoamericanos. Dejamos esto para los pueblos que desde sus propios procesos van respondiendo y creando espacios para responder y construir nuevas realidades.
Sin embargo creemos que no es posible pasar por alto algunos hechos, unos notoriamente públicos y otros que apenas ocupan algunas columnas en los medios; todos aparentemente desconectados entre sí pero profundamente ligados en una raíz común que es la de someter a los pueblos, controlar su agricultura y su alimentación ocupando y destruyendo sus territorios.
Un hilo común atraviesa todas estas noticias y se fortalece como metáfora aleccionadora de las pretensiones de estos sectores: la soja [soya] transgénica y su invasión de territorios en el Cono Sur intenta ser, de hecho, la “República Unida de la Soja”.
Así, el lock-out patronal de los terratenientes sojeros de la Argentina que ocurrió en 2008 mostró la senda de lo que luego en Bolivia se convirtió en una feroz agresión cargada de odio, desprecio por la vida humana y racismo contra los pueblos originarios.
Allí aparece en escena como uno de los principales dirigentes de la “Media Luna” el presidente del Comité Cívico pro Santa Cruz, Branco Marinkovic, que “casualmente” resulta ser uno de los grandes productores de soja de la región.
En los días de pleno recambio democrático que llenó de esperanzas al pueblo paraguayo, el país se vio también brutalmente conmocionado por la represión contra campesinos que incluso llevó a la muerte al campesino Bienvenido Melgarejo y con los grandes terratenientes anunciando que van a recurrir a las armas para defender sus latifundios.
En Uruguay y en medio de suaves presiones gubernamentales para establecer restricciones sobre el incremento de las áreas para el cultivo de soja con la creación de un Plan de Producción Agrícola también los grandes sojeros hicieron oír su voz y sembraron de amenazas los grandes medios.
Desde sus autoridades, Brasil ya se rindió a los transgénicos y ha convertido a la ctnBio en una puerta de aprobación automática de todo los que las corporaciones desean.
Uruguay levantó la moratoria a la aprobación de nuevos transgénicos y abrió así las puertas para el ingreso de las “nuevas” mercancías transgénicas de Monsanto. No es casual que la soja transgénica aparezca en muchas noticias: es simplemente un instrumento del control corporativo de la agricultura y el control territorial que llega de la mano de las agroempresas y sus patrones, los grandes productores y las corporaciones transnacionales.
Por supuesto que cada uno de estos actores tiene mecanismos de acción diferenciados: las corporaciones permanecen silenciosas y hacen sus negocios mientras invierten enormes sumas en publicidad en los medios masivos de comunicación de manera de tenerlos siempre a su favor y que nunca se publiquen en ellos los cuestionamientos públicos que reciben. También son quienes logran los apoyos de Estados Unidos en aquellos casos en que se necesita la intervención política directa o bajo las sombras.
En cambio, los grandes productores sojeros son los que hacen el trabajo sucio con distinto grado de brutalidad, pero siempre brutalmente demuestran su desprecio por la vida y la dignidad humana para consagrarse al único dios que conocen: el Dios Dinero. Entonces ellos sí pueden cortar rutas, desabastecer ciudades, asesinar campesinos o dividir un país.
La República Unida de la Soja permanece con sus murallas altas y su reino de especulación y muerte en el poder. Puede ser que detrás de la caída del muro financiero del capitalismo global también empiecen a caer las murallas de esta República. Los pueblos están listos para seguir haciéndose cargo de sus vidas y su alimentación.

Historias de los Pueblos Fumigados julio 2011

Por: Pablo Bassi, Caras y Caretas - 2011
La cuarta parte de la población, que vive rodeada por plantaciones sojeras, está expuesta a las consecuencias del uso de herbicidas. Varias comunidades ya se organizaron, y un grupo de médicos y científicos viene trabajando para denunciar la situación

Por: Pablo Bassi en Caras y Caretas

En diciembre de 2001, Sofía Gatica tomó nota de la cantidad de vecinas que cubrían sus calvicies con pañuelos, y de niños con barbijos. Comenzó a registrarlos, entonces, casa por casa, con datos personales y diagnósticos. Para una humilde comunidad de 5 mil habitantes como Barrio Ituzaingó, al sureste periférico de la ciudad de Córdoba, el relevamiento llevó cuatro meses. Finalizado, presentó un informe al ministerio de Salud local.

Las madres del Barrio Ituzaingó, símbolo de la lucha de los pueblos del interior afectados por el uso de plaguicidas, se organizaron para denunciar hijos con leucemia, malformaciones, recién nacidos sin maxilar ni diafragma o con manitos de seis dedos. Adolescentes muertos por anemia hemolítica y un registro de 300 casos de cáncer. El 100% de los análisis sanguíneos en niños obtuvieron como resultado la presencia de agroquímicos.

A fin de 2002, las Madres reportaron porciones de endosulfán y metales pesados en tanques domiciliarios de agua, PCV en el aire, PCB en los transformadores y otra variedad de sustancias químicas en el suelo. “El problema es que el barrio está dividido, porque muchos de los pobladores prefieren no quejarse a que se desvaloricen sus viviendas, porque al estar en un barrio contaminado que linda con campos de cultivo, pierden valor”, se resigna María Godoy, Madre de Ituzaingó.
Pese a la normativa provincial de excluir los primeros 500 metros alrededor del barrio y los 2500 para las fumigaciones aéreas, los aviones continúan planeando. Por ello, sigue en pie la denuncia realizada en 2002, que hoy está en la Corte Suprema de Justicia. “Queremos resaltar que gracias a nuestra lucha pusieron tras las rejas a un sojero de nuestra provincia. Estuvo cinco días en la cárcel, hoy está imputado e irá a juicio. Lo lamentable fue que luego de que la policía lo liberara, me llamaron para alertarme que si me pasaba algo, porque fui yo quien denunció la avioneta fumigadora, los llamara por teléfono. Me dieron el número del tribunal y entonces pregunté: ¿Si me matan, cómo aviso?”, recuerda la Madre Sofia Gatica.

El investigador loco

Andrés Carrasco es investigador principal del CONICET y profesor adjunto en la Facultad de Ciencias Médicas de la UBA. En 2007, comenzó a corroborar en su laboratorio las historias de vida que suceden no sólo en Barrio Ituzaingó, sino también en otros pueblos de Córdoba, Santa Fe, Chaco y Misiones. “Allí está concentrado un cuarto de la población argentina, delimitado por 20 millones de hectáreas afectadas por 270 millones de litros de herbicidas ligados a cultivos transgénicos y no transgénicos”, nos confirma Carrasco.

Su estudio fue sencillo: tomó una dosis de glifosato, principal herbicida empleado para potenciar el crecimiento de soja y otras semillas, la diluyó a una escala 5 mil veces menor a los productos utilizados en el campo, y allí sometió a embriones anfibios. “Los sobrevivientes”, explica, “presentan malformaciones que se reiteran: de cráneo y estructura encefálica, y un aparato digestivo que no es normal.

Hoy se sabe que el glifosato circula por sangre, que va a los tejidos y pasa la placenta. Por ello, no hay duda sobre la posibilidad de que si hay glifosato en sangre, pase al embrión”, concluye Carrasco. Así fue informado públicamente en abril de 2009 a través de un artículo en Página 12. Cuatro meses después, en una revista científica de los Estados Unidos.
Desde aquellos días, al científico se le hizo todo más difícil. “Testaferros como Clarín y La Nación gritaron mucho. El presidente la Asociación Argentina de Productores de Siembra Directa, Víctor Truco, decía que yo no existía. Hubo gente del sector público que me descalificó diciendo que mi investigación era una farsa y prometiendo a las empresas callarme. Desde el CONICET, del cual fui director, crearon una comisión que plantea no asustarse con el glifosato. Por supuesto, tuvieron que reducir las fuentes de ese informe del que, además, participó un ingeniero agrónomo que hizo trabajos con Monsanto y fue miembro de la comisión que aprobó el uso de glifosato en 1996”, sentencia Carrasco.

Encuentro de pueblos

Las formas de transmisión de los plaguicidas al cuerpo humano pueden ser por inhalación, por la piel, en contacto con la tierra impregnada en plazas, escuelas, canchas de fútbol. Asimismo, por agua y alimentos. Es fácil. Son muchos los pacientes, pocos los denunciantes.

Uno de los que acompañó al puñado de médicos que asisten a los pueblos fumigados sin temor a perder el trabajo fue el doctor Medardo Ávila. Juntos crearon la Red Universitaria de Ambiente y Salud, promotora del primer Encuentro de Médicos de Pueblos Fumigados en 2010, y del segundo, hace tan sólo unos días. Sus conclusiones son contundentes: “Existen casi 12 millones de personas fumigadas en el país. En esas zonas, la tasa de malformaciones es cuatro veces mayor a la de las ciudades. En los pueblos, como en Barrio Ituzaingó, la primera causa de muerte es el cáncer con el 33% de los decesos, mientras que en las grandes ciudades, la primera causa son los problemas cardiovasculares con el 27%, y recién la segunda el cáncer con el 19 por ciento”, asegura Ávila.

En los encuentros se responsabilizaron a las grandes empresas comercializadoras de productos como Monsanto, Chemical y Bayer, entre tantas. También a los grandes pooles de siembra, aunque el ingeniero agrónomo Javier Souza Casadinho, coordinador de la Red de Acción en Plaguicidas y sus Alternativas para América Latina, aconseja “también mirar hacia lo pequeños productores, no para culparlos, sino para trabajar con ellos y que puedan internalizar la problemática, el impacto en la salud y, sobre todo, que puedan reconocer y adoptar las alternativas de cambio. El verdadero problema son los monocultivos que al no poder recrear las condiciones reales de crecimiento y desarrollo, requieren la aplicación permanente de plaguicidas.”

La Argentina no es el único reducto en el mundo con pueblos fumigados. Uruguay, Chile, Brasil, Paraguay y Bolivia también los padecen. Sin embargo, los gobiernos de Evo Morales y Fernando Lugo comenzaron a discutir la problemática buscando prohibir los agroquímicos más tóxicos y tratando de generar alternativas de producción no contaminante.

Chau endosulfán

Los oficialistas Julia Perié y Raúl Solanas presentaron hace unos años proyectos de ley para tratar el uso de plaguicidas. En septiembre de 2010, también lo hizo la diputada de Libres del Sur, Cecilia Merchán, con el acompañamiento de varios partidos. Sin embargo, girado a comisiones, el proyecto nunca contó con el dictamen de los bloques mayoritarios.

Por ahora, sólo están en pie las sentencias judiciales de Barrio Ituzaingó y San Jorge, provincia de Santa Fe, en donde está prohibido fumigar con avionetas en las adyacencias a los cascos urbanos. “En los fallos vemos claramente el rol de las cámaras patronales: ellas son la contraparte. Incluso, en el incidente en La Leonesa, provincia de Chaco, cuando su intendente junto con 150 personas agredió a Andrés Carrasco y al diputado provincial de Libres del Sur, Carlos Martínez. Los representantes de las cámaras fueron parte de las agresiones”, advierte Merchán.

“El error del Ejecutivo es no reconocer que hay un impacto para la salud desde esta actividad. El ministerio de Salud puso en duda el tema de la toxicidad del glifosato para la salud humana. Su conclusión fue que no hay evidencia suficiente”, continúa la diputada, en acuerdo con las declaraciones de Carrasco.
La pulseada que llevan adelante las organizaciones sociales, los Médicos de Pueblos Fumigados y algunos legisladores lleva desventaja, pero logra avances. Reunidos hace unas semanas en una audiencia convocada por Merchán, instaron al gobierno nacional a que incluya al endosulfán (una de las sustancias más aplicadas en nuestros cultivos y prohibida ya en 74 países) como un insumo prohibido para su uso, en el marco del Convenio de Estocolmo.

Desde Suecia, nos escribe Souza Casadinho, al terminar estas líneas: “Hoy a la tarde, la representante argentina, Dra. Romina Bocache, me confirma que nuestro país tiene la posición de incorporar al endosulfán. Me prometió que mañana viene un representante del servicio de sanidad y charlaremos sobre alternativas. Es una muy buena noticia”.

domingo, 3 de julio de 2011

En Argentina acciones judiciales y sociales

En Argentina acciones judiciales y sociales
- El 6 de septiembre de 2007 luego de tres años de peleas, la Argentina ganó el primer round judicial contra la multinacional agrícola Monsanto, quien reclama millonarias regalías por la soja transgénica RR, el cultivo más sembrado del país. Un juez de Madrid falló en contra de la compañía estadounidense y le cargó las costas del juicio, el primero en resolverse de una larga lista de demandas que la firma inició contra importadores europeos de soja pampeana. - La multinacional agrícola Monsanto tuvo un nuevo revés jurídico en su intento de cobrar regalías por la soja transgénica sembrada en la Argentina a través de sendos pleitos contra importadores europeos del producto. Como ya había pasado en España, una Corte de Justicia de Gran Bretaña especializada en Patentes dio su dictamen en una causa que la compañía inició contra Cargill y en la que el Estado argentino interviene como parte interesada.
- El MOCASE (Movimiento Campesino de Santiago del Estero) es claro ejemplo de la lucha contra el despojo de tierras al igual que el Movimiento Campesino de Córdoba y la Unión de Trabajadores Sin Tierra de Mendoza. El MOCAFOR (Movimiento Campesino Formoseño), Unión de Campesinos Poriajhu.
- El 25 de septiembre de 2007 centenares de manifestantes del movimiento campesino indígena manifestaron en el centro porteño contra las empresas agroquímicas, mineras y petroleras. Las responsabilizan por la expulsión de trabajadores rurales de sus tierras.
- A fines de 2001, un grupo de madres de Ituzaingó (ciudad de Córdoba) comenzó a efectuar relevamientos de enfermos casa por casa. Posteriormente presentaron la denuncia en las secretarías de Derechos Humanos y Medio Ambiente, además del Ministerio de Salud de la nación. Por su parte los vecinos en general se auto convocaron cortando rutas, solicitando estudios de sedimentos de tanques, de suelo, de transformadores, de aire y de campos magnéticos. Estos estudios fueron realizados por el gobierno debido a la falta de recursos de la población, hasta que Schindler (un epidemiólogo) realizó un trabajo en forma paralela.
El gobierno provincial respondió eliminando el PBC en toda la provincia de Córdoba. Además, se promulgó una ordenanza municipal que prohíbe la fumigación aérea sobre la capital de Córdoba, la cual nunca se cumplió. Se inauguraron dos centros de salud. Finalmente, se creó una ley de agroquímicos que no fue reglamentada ni publicada en el boletín oficial. El barrio de Ituzaingó fue declarado en estado de emergencia sanitaria, estableciéndose una distancia mínima de 2500 metros sin fumigar alrededor del barrio. Sin embargo, la medida no fue implementada por los productores, que no respetan siquiera los 500 metros de distancia que establece la ley provincial
- En Montecristo (Córdoba) vecinos auto convocados presentaron ocho notas al municipio y a la provincia denunciando la fumigación indiscriminada con agrotóxicos, la circulación de máquinas mosquito (prohibidas por ley) y que los responsables de manejar los silos no cumplen ni con la ordenanza 621 de control de agroquímicos ni con la ley provincial de agroquímicos. Jamás les respondieron. En 2005 se efectuó la misma denuncia en la Fundación para la Defensa del Ambiente.
- En Mendiolaza (Córdoba) los vecinos están movilizados desde el 2004 y consiguieron que en octubre de 2005 se promulgara una ordenanza que prohíbe dentro del tejido urbano la aplicación de todo producto agroquímico y productos biológicos no compatibles con la producción orgánica. En la actualidad, existe una causa contra los propietarios de campos aledaños a Mendiolaza que continúan sembrando y fumigando a escondidas pero se ven limitados por las denuncias de los vecinos.
- En San Francisco (Córdoba) surgió un movimiento de vecinos en 2005 que está trabajando en la concientización de la ciudadanía sobre la problemática de los agrotóxicos. Reclaman las medidas necesarias para asegurar la salud de las personas y la protección del medio ambiente. La Municipalidad de San Francisco se adhirió a la ley provincial de agroquímicos, que entre los distintos artículos establece los límites permitidos, tipos de productos, formas de uso y controles que deben realizarse sobre los fumigadores. Sin embargo, las normas permiten que todavía se pueda fumigar en zonas linderas al pueblo con productos de grados toxicológicos III y IV. Por lo tanto, la salud aún no está garantizada. En marzo de 2005 el intendente de San Francisco presentó un proyecto de ordenanza donde se establece un proyecto de zona libre de agrotóxicos de 500 metros alrededor de la ciudad. Los vecinos pretenden que la zona a excluir sea de 1500 a 2500 metros. Consiguieron que cada vehículo pulverizador debiera llevar un cartel con la matrícula para facilitar su visualización a ciudadanos que quisieran efectuar denuncias de aplicaciones ilegales.
- En San Justo (provincia de Santa Fe) los vecinos formaron la ONG Muyuqui, en defensa del medio ambiente el 16 de septiembre de 2005. Los ejes de trabajo son dos: estricta aplicación de la Ley 11.723 de Fitosanitarios y la contaminación por Cerosota.
Tienen un programa especial en la radio FM100 donde difunden la causa. En febrero de 2006 consiguieron que el Consejo Municipal y el poder Ejecutivo promulgaran una Ordenanza afín a la ley 11.723 con los nuevos límites de la ciudad para la aplicación de agrotóxicos y que los inspectores municipales se encarguen de recibir las denuncias sobre los infractores, especialmente las realizadas por los aéreo aplicadores y las máquinas terrestres para pulverizar que ingresan al pueblo. La acción trajo inconvenientes a un miembro de la organización que fue amenazado junto a su familia. La ONG tenía impresos 5 mil folletos para distribuir en la ciudad informando a la comunidad los atropellos y los riegos a la salud que estaba ocasionando la falta de responsabilidad por parte del municipio para que se aplique la ley de fitosanitarios.
- En Las Petacas (Santa Fe) los vecinos autoconvocados comenzaron a movilizarse en el año 2004 a raíz de la cantidad de gente enferma. Reclamaron en la comuna y en la gobernación provincial pero no recibieron respuestas hasta que fueron apoyados por el biólogo Raúl Montenegro, quien los ayudó a llevar adelante la pelea contra los agrotóxicos. (El programa la liga hizo una investigación en este lugar)
En el Mundo
Los residentes de Anniston (Alabama) en 2002, elevaron una demanda a Monsanto por contaminar las fuentes de agua del pueblo con el químico PBC, posteriormente prohibido por sus efectos tóxicos. En 1997 la empresa tuvo que pagar una multa millonaria y cambiar la etiqueta del químico que lo calificaba como biodegradable y sano para la salud. En 2004 Monsanto enfrentó una demanda por 350 millones de dólares por el uso de aspartame en sus endulzantes a pesar de su efecto tónico para el cerebro.
Resistencia: los pueblos del mundo dicen NO a los transgénicos
En la India, entre 1993 y 2006 alrededor de 150.000 campesinos se suicidaron. El modelo agrícola del algodón transgénico que Monsanto les impuso los endeudó y los hundió en una crisis económica, social y ambiental. En 1998 se lanzó la campaña "Monsanto sal de la India", con la que 10.000 personas enviaron mensajes a la empresa pidiéndole que salga del país. Ese mismo año, una alianza de organizaciones campesinas quemaron los campos experimentales donde Monsanto probaba su algodón transgénico.
En México, la campaña "Sin Maíz no hay País" rechaza firmemente al maíz transgénico, y aboga por la defensa del campo mexicano, la protección del maíz mexicano, la soberanía alimentaria y la reactivación del campo mexicano.
En Colombia, la Asociación Campesina del Valle del río Cimitarra, lanzó la campaña "Monsanto Mata", en denuncia del herbicida glifosato con el cual se fumigan las zonas rurales colombianas desde el inicio del Plan Colombia. Se propone el boicot a los productos de Monsanto, la formación y capacitación en cuanto a alternativas, y acciones concretas.
La "Red por una América Latina Libre de Transgénicos", lanzó una campaña para que se declare a la región Andina, centro de origen de la papa, libre de la papa transgénica. Cuando se solicitó la realización de pruebas con papa transgénica en Bolivia, los campesinos se opusieron con firmeza amenazando destruir las pruebas de campo. En 2000, se decidió retirar el proyecto de pruebas debido a la oposición que había generado.
"Terminar Terminator", la campaña que lucha contra esta tecnología suicida, se ha reactivado en Latinoamérica, organizando una gran movilización para la COP 9 en Alemania para que se mantenga la moratoria sobre las semillas Terminator y a la vez se establezcan prohibiciones nacionales a esta tecnología.
La "Campaña por un Brasil Libre de Transgénicos" viene luchando hace años contra la liberalización de cultivos transgénicos en Brasil. Se constituye de una red de organizaciones civiles y movimientos populares que buscan fomentar un debate amplio y democrático acerca de los transgénicos en la sociedad, lo cual todavía no se ha dado en Brasil.
En fin, son muchas las organizaciones que se han levantado en defensa de sus derechos, sus tierras y recursos, frente al avance de los transgénicos y los atropellos de empresas como Monsanto. Las consecuencias destructivas del modelo de agronegocios que defiende Monsanto ya son visibles y amenazan con seguir avanzando a costa del quebrantamiento de nuestros derechos sociales y ambientales.
En una era donde todo parece globalizarse, la alimentación de un pueblo es y seguirá siendo una cuestión local, vinculada a su cultura, su identidad y sus modos de producción.
Vivimos bajo un sistema donde el alimento ha devenido mercancía y las empresas como Monsanto han rebasado el límite de su ambición queriendo privatizar hasta la vida misma. Hoy en día, la alimentación se ha convertido en un arma peligrosa que las grandes potencias económicas y sus transnacionales están utilizando para tener bajo control a pueblos y naciones.
Frente a un modelo que pretende subordinar algo tan vital para la vida, como es la agricultura, a los capitales internacionales, nos urge dar batalla y hacer frente para defender nuestro patrimonio y nuestros derechos. Por eso, queremos hacer un llamado a toda la sociedad para informarnos y conformar redes de concientización acerca de la verdad y gravedad de los hechos. Preservar el maíz criollo y defender el campo mexicano es proteger la identidad, el alimento, la cultura y el futuro de todos y todas.

lunes, 27 de junio de 2011

Museo de la Memoria- (Reconocimiento a las Madres )Catedral-24-06-11

 

Club de la pluma
Córdoba, junio de 2011
Con motivo de celebrar 7º año, desde que iniciáramos una propuesta
comunicacional de integración, pretendemos
festejar instituyendo por primera
vez los Premios El Club de la Pluma.
El Club de la Pluma desde hace ya casi siete
años viene desarrollando actividades relacionadas
con la difusión de diversos temas: arte,
ciencia, cultura, derechos humanos, geopolítica,
memoria, historia, medio ambiente,
pueblos originarios, etc.
Asimismo nuestro programa ha mantenido
desde sus inicios la práctica del ejercicio pleno
de la libertad, permitiendo que todas las
voces que lo deseen puedan acceder a nuestro
espacio para difundir sus saberes, sentires,
experiencias, realidades y todo aquello
que difícilmente pueda expresarse en otros
medios.
En esta oportunidad y pretendiendo darle un
marco afín a nuestros sentimientos y convicciones,
es que instituimos por primera vez
los Premios El Club de la Pluma.
Quienes habrán de recibir los mismos son:
Reconocimiento a La Militancia y el Compromiso:
Luis Miguel “Vitín” Baroneto
Reconocimiento al Desempeño Profesional
en DD.HH: Dr. Ramiro Fresneda
Reconocimiento al Desempeño Periodístico:
Lic. Alexis Oliva
Reconocimiento al Desempeño Docente:
Prof. Mónica Lungo
Reconocimiento a la Lucha por la Vida: Madres
de Barrio Ituzaingó(Sofia Gatica-Maria Godoy)
quienes con su lucha se negaron a la destruccion prevista y han hecho visible con valentia el agronegocio que devasta ciudades enteras y resisten con dignidad y coraje.







domingo, 26 de junio de 2011

Asamblea con los Campesinos de Conlara-San Luis-12-06-11

 La reunion se llevo a cabo(Madres-Campesinos) el sabado en una escuelita de Santa Martina :con parajes de: Santa Rosa de Conlara, Merlo, Ojo del rio.El descanso,Los Lobos, Bajo Veliz etc,
los cuales la denunciaron que las multinacionales han avanzado sobre los  lugareños(campesinos) con las fumigaciones desmontes,cierre de escuelas apropiacion de las tierras robo de agua subterranes , las cuales eran extraida para consumo del campesino a los 6 metros y ante la llegada de los usurpadores no puden extraerla para el consumo diario.
Otras de las dificultades son las tormentas , los lugareños creen que son cortadas ( ven los aviones volar9 cuando esta por producisrse para evitar que el granizo caiga  en la soja., y por ello es que no llueve en el campo.
sabemos que se puede producir sin agrotoxicos y  asi salvar muchas vida  ,sobre todo salvar a nuestro planeta que esta agonizando .




miércoles, 15 de junio de 2011

Apelacion por el Fiscal Matheu-"JUICIO ORAL Y PUBLICO" A SOJEROS

AUTO NÚMERO: CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO.
Córdoba, veinticinco de octubre de dos mil diez.
VISTOS:
p.ss.aa. de Infracción a la Ley 24.051 - Apelación”
año 2009, correspondiente al n° 183881 asignado por el S.A.C.), elevados a esta
Cámara de Acusación por el Juzgado de Control nº 7 con motivo del recurso de
apelación interpuesto por el Fiscal de Instrucción del Distrito III, Sexto Turno, en
contra de la sentencia nº 152 de fecha 20 de noviembre de 2009 que resuelve
hacer lugar a la oposición planteada por el Dr. Héctor Sebastián Valfré, el Dr.
Alejandro Augusto Pérez Moreno y los Dres. Juan Manuel Aráoz y José Miguel
D´Antona, en su carácter de defensores de los imputados Jorge Alberto Gabrielli,
Edgardo José Pancello y Francisco Rafael Parra, respectivamente; y –en
consecuencia– dictar el sobreseimiento total a favor del acusado Edgardo Jorge
Pancello, como supuesto autor del delito de contaminación ambiental reiterado
(dos hechos) en los términos de los arts. 55 de la ley nº 24.051 y 55 del CP
(hechos nominados primero y segundo), y de los imputados Jorge Alberto
Gabrielli y Francisco Rafael Parra por la supuesta instigación del delito de
contaminación ambiental en los términos de los arts. 55 de la ley nº 24.051 y 45
del CP (hechos nominados primero y segundo); todos a tenor de lo prescripto en
los arts. 348 y 350, inc. 1º, primer supuesto, del CPP (fs. 744/754).
Estos autos caratulados “Gabrielli, Jorge Alberto y otros(Expte. letra “G”, nº 38,
DE LOS QUE RESULTA:
Acusación, reunidos con el objeto de dictar resolución en estos autos, disponen
que emitirán sus votos en el siguiente orden: 1º) Dr. Carlos Alberto Salazar; 2°)
Dr. Francisco Horacio Gilardoni; 3º) Dr. Gabriel Pérez Barberá.
Que los señores vocales de esta Cámara de
Y CONSIDERANDO: A)
Que, conforme al orden que antecede, el vocal
Carlos Alberto Salazar
dijo:
I)
del Ministerio Público, la cual cumple con todos los requisitos exigidos por la ley
Que a fs. 755/759 obra la impugnación formulada por el representante
ritual en lo concerniente a la legitimación subjetiva, impugnabilidad objetiva,
temporaneidad y fundamentación, por lo cual este tribunal dispuso imprimirle el
trámite de ley (arts. 352, 443, 444, 449, 461 -2º párrafo-, 466 y cc. del CPP)
mediante auto nº 233 dictado con fecha 08/6/10 (fs. 784).
Suscintamente, el fiscal de instrucción se agravia de la cancelación
definitiva de las imputaciones en favor de los tres imputados, por entender que la
prueba reunida resulta más que suficiente para tener por acreditada –con el grado
de probabilidad exigido a esta altura del proceso– tanto la existencia material de
los sucesos (hechos nominados primero y segundo) como la participación
responsable de cada uno de los encartados en la comisión de los mismos. En tal
sentido, sostiene que los vecinos de Bº Ituzaingó Anexo y los profesionales de la
salud del dispensario de dicho barrio que declararon en la presente causa, en
general, coinciden en afirmar que el día 01/02/08, en horas de la mañana,
escucharon y vieron sobrevolar a baja altura una avioneta de color amarillo en los
campos colindantes a dicho barrio, que sintieron un fuerte olor y sabor amargo en
la boca que les hizo picar la garganta y la nariz y les produjo ardor en los ojos (de
acuerdo a los testimonios prestados a fs. 32 y 84, respectivamente, por Dora Inés
Flamini y Eduardo Molina –médicos del dispensario del mencionado barrio–,
Corina Barboza a fs. 85, Elda Sofía Gatica a fs. 99 y Eulalia Ayllón a fs. 107).
Concluye, entonces, que es errónea la conclusión a la que arriba el juez de
control al afirmar que los dichos de los testigos constituyen prueba indiciaria que
“no se sostiene por la evidencia documental agregada”, pues –por el contrario–
tales testimonios encuentran pleno respaldo en la prueba colectada durante la
instrucción.
En primer lugar, la pericia química practicada en las muestras de soja y
duraznos levantadas en el campo perteneciente al imputado Francisco Rafael
Parra y en la soja obtenida del campo explotado por el coimputado Jorge Alberto
Gabrielli (conforme surge de las testimoniales y actas obrantes a fs. 76/80,
111/112 y 114, tomas fotográficas de fs. 144/156 y plano de fs. 157), arrojó
como resultado que en las muestras de soja se detectó la presencia glifosato y de
endosulfán, mientras que en las de duraznos se encontró endosulfán (ver fs.
165/166). Critica que el juez haya restado valor convictivo a esta prueba pericial
(no informativa como él señala) argumentando que ella concluye “que los niveles
de las sustancias analizadas es acorde con los normales”, pues –advierte el
apelante– de ninguna parte surge aquella conclusión (ver fs. 165/166). Es más,
aún cuando así hubiese concluido el perito –cosa que, insiste, no ocurrió- ello
resultaría intrascendente por cuanto la pericia química en cuestión tuvo por
objeto establecer si en las muestras de las plantas de soja y duraznos secuestradas
en los campos explotados por los imputados Parra y Gabrielli, existían restos de
los plaguicidas glifosato, permetrina y endosulfán, ello con la finalidad de
verificar si en los mencionados campos se fumigó utilizando alguno de los
mencionados agroquímicos (ver decreto de fs. 110). Por lo tanto, resulta
irrelevante si el endosulfán y el glifosato hallados en las muestras de soja y
duraznos está o no dentro de los valores normales; dato probatorio que sí sería
fundamental en torno a otros objetos de investigación vinculados con una
fumigación ilegal con agroquímicos (por ejemplo, respecto de los delitos de
envenenamiento o adulteración de aguas potables, sustancias alimenticias o
medicinales, y distribución de mercaderías peligrosas para la salud, tanto en sus
formas dolosas como culposas, arts. 200, 201 y 203 del CP, en los que el valor
del agroquímico hallado debe cotejarse con los establecidos en las resoluciones
nº 256/03 y nº 507/08 dictadas, respectivamente, por el S.E.NA.S.A y la
Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos de la Nación).
Critica también que el
refuerzan la prueba indiciaria que resulta de los relatos de los testimonios
valorados: el informe de fecha 1/02/08 realizado por los inspectores municipales
Alejandro Melone, Mario Rodríguez y Pedro Vega, da cuenta que ellos
a quo haya omitido valorar dos informes que
entrevistaron a varios vecinos de barrio Ituzaingó Anexo quienes en forma
coincidente les refirieron haber visto una avioneta sobrevolando el sector, y que
dichos funcionarios públicos también percibieron un fuerte olor ácido,
atribuyéndolo probablemente a algún compuesto químico usado para la
fumigación (ver fs. 124/125); y el informe producido por la Lic. Argelia
Lenardón (Dra. en Química e investigadora del CONICET), quien señala que el
glifosato puede producir ardor, irritación y acuosidad en los ojos, nariz y
garganta, mientras que el endosulfán puede ocasionar ardor de ojos y picazón de
garganta; síntomas que resultan coincidentes con los que los testigos refieren
haber sentido (ver fs. 387/395).
Sostiene que dichas evidencias probatorias constituyen indicios graves,
precisos y concordantes entre sí que permiten afirmar –con el grado de
probabilidad exigido para esta etapa del proceso– que el día primero de febrero
de dos mil ocho, en horas de la mañana se fumigaron en forma aérea los campos
explotados por los imputados Parra y Gabrielli utilizando los agroquímicos
endosulfán y glifosato sin respetar la franja de resguardo que debe observarse con
relación a la población urbana establecida por el art. 58 de la Ley n° 9.164 de
Agroquímicos de la Provincia de Córdoba. Considera que no obsta tal conclusión
–contrariamente a lo afirmado por el
practicada sobre las muestras de suelo y agua obtenidas de las viviendas de las
familias Quinteros, Vera, Colazo y Vázquez (vecinos de barrio Ituzaingó Anexo),
la que arrojó resultados negativos respecto del agroquímico endosulfán (fs.
520/521), por cuanto dicha medida probatoria se ordenó luego de haberse
constatado la contaminación del ambiente en el mencionado barrio a través de la
primera pericia química realizada por el INTEC (fs. 165/166), y fue dispuesta
sólo como una medida complementaria de investigación a fin de verificar si
además del ambiente también se había contaminado el suelo y el agua de aquél
barrio (ambas hipótesis, junto a la ambiental, están previstas en forma alternativa
a quo– el resultado de la pericia química
y no necesariamente acumulativa, por el art. 55 de la Ley nº 24.051). Sin
perjuicio de lo cual, agrega, debe tenerse en cuenta que el tiempo que transcurrió
entre la fumigación y el levantamiento de tales muestras fue de tres meses y
medio (ver informe de Policía Judicial de fs.236 y actas de secuestro de fs.
237/241) y que las muestras (suelo y agua) no estuvieron debidamente
resguardadas para su preservación, tal como lo señaló la perito oficial (ver
520/521).
Apunta que tampoco el informe de la Fuerza Aérea Argentina de fs. 73
(que da cuenta que la aeronave matrícula LV-AXC no registra ningún
movimiento el día 1/02/08) impide sostener la existencia de la fumigación aérea
investigada, toda vez que ella fue realizada en forma clandestina, prueba de ello
es que los vuelos realizados por dicha aeronave el referido día (que se mencionan
en los libros privados de la empresa del imputado Pancello) tampoco se
encuentran informados ante dicho organismo de control aéreo (fs. 688/689).
Objeta también los argumentos del juez referentes a que no resulta factible
afirmar que la aeronave que tiene la matrícula LV-AXC haya sido la que estuvo
fumigando el día del hecho; y a que no existe evidencia que sostenga que haya
existido un acuerdo de los imputados Pancello, Parra, y Gabrielli para llevar a
cabo la fumigación ilegal porque no hubo inducción de estos últimos hacia aquél
para ello. En este sentido, entiende que la prueba reunida resulta más que
suficiente para tener por acreditada la participación de los encartados en la
comisión de los hechos que se les atribuye: la testigo ocular Elda Sofía Gatica
(fs. 362) brinda una descripción que coincide plenamente con las características
que presenta la aeronave LV-AXC (conforme se desprende de las tomas
fotográficas obrantes a fs. 474/475) y los informes de la Fuerza Aérea Argentina,
Comando de Regiones Aéreas, y del Ministerio de Agricultura de la Provincia
dan cuenta que dicha avioneta pertenece al piloto aeroaplicador Edgardo Jorge
Pancello, quien está registrado como tal y es propietario de esa y otras dos
aeronaves más (fs. 74, 93/95 y 96/97). A ello debe sumarse la circunstancia de
que distintos vecinos del barrio declararon que junto a la avioneta de color
amarillo había otra de color gris o blanco (testimonios de Dora Flamini de fs. 32,
Corina Barboza de fs. 85, Elda Sofía Gatica de fs. 99 y Eulalia Ayllon de fs.
107), cuyo color y características coinciden con la otra de las naves que posee el
imputado Pancello en su hangar (fs. 477). Que el hecho de que el Departamento
del Tránsito Aéreo haya informado que el día del hecho (1/2/08) la aeronave LVAXC
no registró movimiento en ningún aeródromo controlado por la Región
Aérea Noroeste (fs. 73) no le resta valor convictivo a las probanzas analizadas
supra
clandestina, pues él –al igual que los coimputados Parra y Gabrielli– no podía
desconocer (por la amplia difusión que tuvo en los medios de comunicación
nacional y provincial) la problemática de la contaminación existente en el barrio
Ituzaingó Anexo debido a la fumigación con agrotóxicos, entre otros factores
(según documental de fs. 583/609), la que motivó que en el año 2002 dicho
barrio fuera declarado en Emergencia Sanitaria Municipal por Ordenanza
Municipal n° 10.505 a raíz de los numerosos casos de cáncer detectados y de
personas fallecidas a consecuencia de dicha enfermedad (fs. 3). Entonces, resulta
ilógico pensar que Pancello fuera a comunicar al organismo de control aéreo o
registrar en los libros contables de su empresa la fumigación que iba a realizar y
que previamente había acordado con los coimputados Parra y Gabrielli,
evidentemente por una suma de dinero, ya que teniendo en cuenta la clase
toxicológica de los agroquímicos a utilizar (endosulfán: “Ib muy peligroso” y
glifosato “IV”) y la forma en que iban a ser aplicados (sin respetar la franja de
resguardo de 1.500 y 500 mts. respectivamente que establece el art. 58 de la Ley
n° 9164) no podía desconocer –por su condición de aeroaplicador– que tal
aplicación era ilegal, al igual que Parra y Gabrielli. Tan es así –remata el
instructor– que, en otras ocasiones, tales fumigaciones fueron llevadas a cabo en
que incriminan a Pancello, por cuanto la fumigación fue realizada en forma
horas de la noche, como lo refieren los vecinos Eulalia Ayllon a fs. 108 y Marta
Sayavedra a fs. 317.
Tal como ya anticipara, por las razones expuestas, el fiscal de instrucción
entiende que la prueba reunida resulta más que suficiente para tener por
acreditada –con el grado de probabilidad exigido a esta altura del proceso– tanto
la existencia material de los hechos como la participación responsable de los
imputados Edgardo Jorge Pancello, Jorge Alberto Gabrielli y Francisco Rafael
Parra.
II)
establecido por el art. 464 del CPP, se corrió vista al señor fiscal de cámara,
quien mantuvo en tiempo y forma el recurso de apelación interpuesto por el
instructor (fs. 786/787).
Que recibidas las actuaciones por este tribunal y en virtud de lo
III)
asiste al señor fiscal de instrucción, pues –en lo medular– se advierte que el
quo
lleva a una conclusión desacertada.
En este sentido, se impone precisar que –a esta altura del desarrollo
jurisprudencial en la provincia de Córdoba– se muestra casi ocioso reiterar lo
relativo a la forma como deben ser valorados los indicios: básicamente
conjunta y no aislada
autos “Capdevila”, A. nº 49 del 4/3/99 en “Galeano”, S. nº 73 del 21/5/99 en
“Vargas”, A. nº 109 de 5/5/00 en “Pompas”, S. nº 32 del 2/5/2000 en “Agreda”, S.
nº 42 del 31/5/2000 en “Agüero”, S. nº 112 del 6/12/01 en “Córdoba”, A. nº 517
del 19/12/01 en “Carnero”, entre otras resoluciones). Basta agregar que
numerosas han sido las oportunidades en las que este tribunal abordó lo relativo
al valor de la prueba indiciaria. Ya dijimos que para que ésta, críticamente
examinada, conduzca a una conclusión probable de participación, debe permitir
al juzgador –partiendo de la suma de indicios introducidos al proceso–, superar
Que analizadas las constancias de autos, entiendo que la razón leaha realizado un análisis fragmentado de la prueba, lo que indefectiblementeen forma(en igual sentido, TSJ, A. nº 205 dictado el 11/8/98 en
las meras presunciones que en ellas puedan fundarse y arribar a un juicio de
probabilidad respecto a la participación del encartado en el hecho investigado, lo
que sucede en el caso de autos, en el que la inculpación de los traídos a proceso
no ha sido desvirtuada.
Llegados a este punto, no está demás recordar que “(...) El estándar
probatorio de probabilidad que únicamente exige el CPP refleja justamente el
ideario de que sea el juicio el que dirima posibles anfibologías subsistentes
durante la investigación preliminar, en procura de obtener allí la certeza necesaria
para condenar, debiéndose obviamente absolver al imputado si aquella no se
consigue. No debe caerse, en consecuencia, en este error (...) conforme al cual se
pretende que se apliquen durante la investigación preliminar o en su momento de
clausura
oral y público
en sentido incriminante la etapa de la investigación penal preparatoria es, tanto
por ley como por lógica, de una exigencia menor al que se requiere para llegar
válidamente a una sentencia condenatoria. De ello resulta que, antes del juicio,
no es forzoso que toda debilidad inferencial implique ‘duda’ en sentido jurídicoprocesal.
Ello, en muchos casos, puede importar ‘probabilidad’, y conformar por
consiguiente una base probatoria suficiente como para justificar la realización del
juicio o la imposición de la prisión preventiva, según el caso (...)” (sostenido por
esta cámara en autos “Bachetti”, AI nº 249 del 30/11/06; y –en igual sentido– en
autos “Grazioli”, AI nº 1 de fecha 06/02/07; “Neyra”, AI nº 85 de fecha 29/05/07;
“Piccone”, AI nº 130 de fecha 31/07/07; entre otros precedentes).
De cualquier manera, y sólo por citar un ejemplo en particular del cuadro
probatorio en el auto impugnado, merece destacarse el parcial análisis realizado
del testimonio de Elda Sofía Gatica, la que si bien fue citada junto a otros testigos
que, en común, manifestaron haber observado una avioneta amarilla
sobrevolando a baja altura (pero no su matrícula, como tampoco realizando la
criterios de certeza sólo exigibles para la sentencia posterior al juicio. El estándar probatorio conforme al cual puede darse por superada
actividad de fumigación atribuida), se omitió prestar especial atención al extenso
pasaje de su testimonio en el que, lejos de dudar sobre los extremos antes
indicados (individualización de la aeronave y actividad de fumigación), los
precisa de forma manifiesta. Así, la nombrada expresó que “...está totalmente
segura que la avioneta LV-AXC de color amarillo anaranjado es la que dos veces
al año regularmente fumiga los campos que se encuentran frente de su casa... que
la reconoció como la que en otras ocasiones había fumigado, ya que además de
ese color amarillo anaranjado tiene como característica típica dos franjas azules o
negras en la parte de debajo de las alas...” (fs. 362). Ante ello, no puede menos
que concluirse que, en lo relativo al nivel de exigencia probatoria para el paso a
la etapa siguiente del proceso, en la presente causa se encuentran acreditadas con
probabilidad más que suficiente no sólo la existencia del hecho, sino también la
participación responsable de los imputados.
En efecto, de un exhaustivo análisis de la prueba rendida en autos surge
que los hechos que se endilgan a los imputados existieron en la forma descripta
por el instructor y con el grado de probabilidad requerido en esta instancia, y
ello resulta incompatible con la certeza requerida para el cierre del proceso en
forma anticipada, tal como lo dispuso el juez de control en la resolución
atacada. Así lo ha resuelto este Tribunal –a través de sus distintas integraciones
y en numerosos precedentes jurisprudenciales– al tener oportunidad de fijar
posición en orden a la sentencia de sobreseimiento, su alcance y requisitos para
su procedencia, estableciendo que: “...para la procedencia del sobreseimiento se
requiere que resulte ‘evidente’ la causal que así lo prevé con certeza absoluta. La
duda no autoriza a cerrar anticipadamente el proceso. Es necesario que la
investigación se encuentre agotada y que la causal de sobreseimiento aparezca
evidente para que el cierre del proceso a favor del prevenido adquiera la legalidad
constitucional…” (a. nº 266 dictado el 10/11/98 in re “Lascano Enrique Tomás y
otro p.ss.aa. estafa, etc.”, entre otros precedentes). Así, cuando el CPP en su art.
350 regula sobre las causales de sobreseimiento, condiciona a que la existencia
de alguna de ellas “sea evidente” para que proceda aquél, de suerte tal que por
esta “evidencia” se pueda llegar a formular un juicio de certeza que supone tal
decisorio. Ello es así, por cuanto la sentencia de sobreseimiento es el
pronunciamiento según el cual el proceso se cierra en forma definitiva e
irrevocable en relación al imputado en cuyo favor se dicta. En otras palabras,
cualquiera sea la causal que la fundamente y por regla general, el sobreseimiento
procede cuando se adquiere certeza de ella, vale decir cuando no queden dudas
acerca de la extinción de los poderes de acción y de jurisdicción o de la
existencia de responsabilidad penal del imputado respecto del cual se dicte (conf.
lo resuelto por a. nº 253 dictado por esta Cámara con fecha 12/12/07 en autos
“Mascaro, María de los Ángeles y otro p.ss.aa. falsedad ideológica”); certeza
que –por las razones apuntadas– no surge en el presente caso.
Entonces, adhiriendo en un todo al análisis realizado por el fiscal de
instrucción, por compartirlo, y en función de lo precedentemente expuesto,
corresponde revocar el auto apelado, debiendo elevarse la presente causa a juicio
en contra de los imputados por los delito atribuidos. Sin costas (arts. 550 y 551,
CPP). Así voto.
B)
por el señor vocal preopinante, adhiriendo en consecuencia a su voto y
pronunciándose en el mismo sentido.
El vocal Francisco Horacio Gilardoni dijo: Que comparte lo sostenido
C)
el señor vocal del primer voto, adhiriendo en consecuencia a él y pronunciándose
en el mismo sentido.
Como consecuencia de la votación que antecede y por mayoría, el
Tribunal
del presente recurso, ordenándose la elevación de la presente causa a juicio en
contra de Edgardo Jorge Pancello, como supuesto autor del delito de
El vocal Gabriel Pérez Barberá dijo: Que comparte lo sostenido porRESUELVE: Revocar la resolución apelada en cuanto fuera materia
contaminación ambiental reiterado (dos hechos) en los términos de los arts. 55 de
la ley nº 24.051 y 55 del CP (hechos nominados primero y segundo), y de los
imputados Jorge Alberto Gabrielli y Francisco Rafael Parra por la supuesta
instigación del delito de contaminación ambiental en los términos de los arts. 55
de la ley nº 24.051 y 45 del CP (hechos nominados primero y segundo) . Sin
costas (arts. 550 y 551, CPP).
BAJEN
Gabriel Pérez Barberá - Vocales; Ante mí: Dr. Esteban J. Díaz Reyna –
Secretario.-
PROTOCOLICESE, NOTIFIQUESE Y. Firmado: Dres. Carlos Alberto Salazar, Francisco Horacio Gilardoni yCreate PDF